Guerra hispano-estadounidense. Testimonios y repatriados VIII

Los restos de Colón.

Por conducto del diputado á Cortes por Granada, excelentísimo señor conde de las Infantas, ex director de la Económica, ha remitido esto real sociedad al Sr. Sagasta la exposición que dirige al gobierno pidiendo el traslado á España de los restos de Cristóbal Colón y su depósito definitivo, con el mausoleo que hoy los conserva en la catedral de la Habana en la capilla real de nuestra ciudad, cerca del sepulcro de los ínclitos Reyes Católicos, amparadores del insigne almirante.

Medidas sanitarias.

Por el Consejo de Sanidad se han publicado las siguientes instrucciones, relacionadas con las prácticas cuarentenarias á que han de ser sometidas las tropas repatriadas, medidas que en su mayor parte nuestros lectores conocen, por habérselas anticipado en otros números:

1.º Que todos los buques que trasporten dichas tropas lleven á bordo el personal facultativo suficiente de Sanidad militar para asistir la enfermería.

2.° Disponer prácticas de desinfección y llevar la estadística de mortalidad y morbosidad del pasaje, con determinación del diagnóstico, cuya estadística deberán presentar al director del lazareto.

3.º Que los individuos que lleguen en buen estado de salud, los heridos y los enfermos de padecimientos comunes, sean trasladados á buques ó pontones de nuestra marina de guerra ó de la mercante, y de no ser posible, á campamentos que por su altura, aislamiento ó especial situación y facilidad de medios de aprovisionamiento reunan las mejores condiciones, con el personal facultativo y auxiliar y el material necesario para que las operaciones de desinfección se hagan del modo más eficaz.

4.° Que los individuos enfermos de fiebre amarilla y los que ofrezcan sospecha de hallarse invadidos de esta enfermedad, ingresen en el lazareto sucio.

6.° Que los buques, después de trasbordar ó desocupar su pasaje, cumplan en el lazareto las prácticas de saneamiento prevenidas en las disposiciones vigentes durante cinco días.

7.º Que el pasaje y tripulación que se halle en buen estado de salud, sufra cuarentena durante cinco días, visitados frecuentemente por los facultativos municipales de las localidades respectivas, procediéndose con todo rigor de aislamiento y desinfección, si alguno presentase síntomas de fiebre amarilla.

La correspondencia de España 12/08/1898

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