El tratado de Elliot, 1835

El tratado de Elliot para la salvaguarda de los prisioneros de guerra se firmó  el 27-28 de abril de 1835, de ello da notícias

Por los mismos días en que Valdés pene­traba y se batía en las Amezcuas, la capi­tal de la monarquía, con ella todla Espa­ña, se hallaba altamente alarmada por la aparición de lord Elliot en las provincia con una misión trascendental cerca del Pretendiente. Unos atribuían esta misión del gobierno ingles á un plan de interven­ción estrangera, otros á una traición de las potencias unidas por el tratado de la cuá­druple alianza para sentar á don Carlos en el trono de Isabel; otros, en fin, al objeto noble, pero descabellado, de hacer frater­nizar á los dos campos enemigos. El minis­terio inglés, compuesto á la sazón de torys, no inspiraba confianza alguna. En la sesión del 21 de abril el señor Alcalá Galiano in­terpeló acerca de estos rumores al gabine­te, y el señor ministro de estado tranquili­zó un tanto los ánimos, asegurando que no se trataba de intervención ninguna, y que la misión de lord Elliot no tenia mas objeto que regularizar la guerra de Navarra, según las instrucciones de que había dado cuenta fiel al gobierno español el gobierno de Inglaterra.

En efecto, lort Elliot, acompañado del coronel Gurwood, después de haber teni­do una entrevista con don Carlos, se vio con Zumalacárregui en su cuartel general de Asarta, y le propuso, á nombre de la hu­manidad y de los gobiernos de Inglaterra y Francia, medios de poner término al bár­baro sistema de fusilar á los prisioneros y vencidos.

Convino el caudillo rebelde en la estipu­lación, y sin pérdida de tiempo los envia­dos de Inglaterra se trasladaron á Estella para obtener del general Valdés igual convenio.

En virtud de este tratado, que tomó el nombre de Elliot, los comandantes en gefe de los ejércitos que se hacían la guerra en las provincias de Guipúzcoa, Álava, Vizcaya y el reino de Navarra, convinieron en conservar la vida á todos los prisioneros que se hiciesen por una y otra parte, y en cangearlos cada tres meses, ó mas á menu­do, conforme las circunstancias, en justa proporción de número que cada parte tuviese, y por igualdad de clases. Estipulóse ademas que se respetarían los hospita­les y depósitos de prisioneros, que no se daría muerte á nadie por opinión política sin formación de causa, y que se haría estensivo el tratado á otras provincias, si las contingencias y vicisitudes de la guerra llevaba á ellas á las partes contratantes. Este tratado lo firmó á 27 de abril en su cuartel general de Logroño el general Valdés, y à 28 del propio mes en su cuartel general de Artaza, Zumalacárregui. Firmáronle ade­mas Elliot y el coronel Gurwood.

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